Mar. Abr 16th, 2024
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Declarar las criptomonedas en España o no hacerlo. Un caos con el que llevamos conviviendo desde que se atisbó la posibilidad de hacerlo, así como la aprobación del modelo 720, formulado a tal fin. 

«El caos» podría convertirse en farsa en España – donde resulta que el polémico formulario de declaración de impuestos y bienes no se aplicará a las criptomonedas en el extranjero, después de todo. O al menos no este año.

Declarar las criptomonedas en España

El parlamento español el año pasado desató la controversia cuando votó a favor de una enmienda legal que (teóricamente) obliga a todos los tenedores de criptomonedas a presentar declaraciones anuales explicando el tamaño y la ubicación de sus tenencias de monedas – en particular los tokens mantenidos en intercambios y carteras en el extranjero.

Por lo tanto, se dijo a los criptotitulares que utilizaran el formulario Modelo 720, que se refiere a los «activos mantenidos en el extranjero». En el pasado, esto se refería exclusivamente a los bienes inmuebles y objetos tangibles en el extranjero, pero los legisladores decidieron que también debía aplicarse a los activos intangibles, como los valores y los criptoactivos. En un principio, el plan de obligar a declarar las criptomonedas se diseñó como una herramienta de lucha contra el fraude y el blanqueo de capitales, para vigilar a los ciudadanos que intentaban ocultar ingresos imponibles en operaciones internacionales.

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Modelo 720. Formulario declaración.

Sin embargo, el plan para poner en marcha una versión del Modelo 720 que permita a los criptoposeedores hacer lo que se les ha ordenado parece haber estado plagado de dificultades.

A principios de este mes, los expertos jurídicos se quejaron de que «nadie» -incluido el propio Ministerio de Hacienda- parecía saber cómo o si los criptotitulares tenían que rellenar el formulario.

A pocos días de la fecha límite de presentación, el ministerio parece haber dado marcha atrás y ha sugerido que los criptoposeedores no tendrán que presentar el documento después de todo.

El Economista informó que el ministerio ha «admitido» que la «información sobre criptomonedas» no tiene que ser incluida en el formulario. El informe afirmaba que la Agencia Tributaria también había confirmado que aún faltaban los «desarrollos reglamentarios pertinentes» para hacer efectiva la declaración.

Errores por falta de regulación

Tampoco hay una sección en el formulario para las acciones y los valores, lo que algunos interpretaron como un descuido administrativo. Otros, sin embargo, lo tomaron como una señal de que no es necesario incluir los activos intangibles en el extranjero para el ejercicio 2021.

Aunque los reguladores podrían tratar de cerrar esta laguna a tiempo para la temporada de impuestos del próximo año, ahora parece casi imposible que los comerciantes de criptomonedas en el extranjero tengan que informar sobre sus actividades para el año fiscal 2021.

Un experto jurídico afirmó que, sin directrices reglamentarias, ningún organismo fiscal del país podría obligar a los ciudadanos a hacer declaraciones de bienes. El experto calificó dichas directrices de «necesarias y esenciales».

El medio también señaló que la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (conocida en España como IRPF) tampoco ha sido modificada para crear un apartado de criptodeclaración.

Sin embargo, la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) se ha actualizado con un nuevo campo específico para las criptomonedas. No obstante, el informe señala que este cambio «tampoco es sustancial», ya que anteriormente las tenencias de criptoactivos debían incluirse en la sección «Otros activos» de este formulario.

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